Taller del miércoles 12 de agosto: las primeras respuestas de la Inspección y las no conformidades de FUNDAE de 2024
Segunda parte del taller del 3 de agosto, en directo por YouTube el miércoles 12 a las 11:00. Varias Direcciones Provinciales de la Inspección de Trabajo han empezado a contestar a los escritos de disconformidad frente a la masiva de cartas del ejercicio 2023: vemos qué están respondiendo, qué significa cada respuesta y qué conviene hacer antes del 15 de septiembre. La segunda mitad va para las no conformidades de FUNDAE del ejercicio 2024, que siguen sin resolución, y turno abierto de preguntas.
El Departamento Jurídico retoma el taller del 3 de agosto este miércoles 12, a las 11:00, en directo por YouTube. La novedad que lo justifica: varias Direcciones Provinciales de la Inspección de Trabajo ya han empezado a contestar a los escritos que presentaron las empresas frente a la masiva de cartas del ejercicio 2023.
El taller del lunes 3 de agosto se quedó corto. Abrimos dos frentes a la vez —los expedientes 2024 de FUNDAE bajo el RD 1189/2025 y la nueva carta de la Inspección de Trabajo sobre el ejercicio 2023— y el turno de preguntas se llevó buena parte de la sesión. Quedaron cuestiones por ver. Y, entretanto, ha pasado algo que cambia el planteamiento.
Desde finales de julio, muchas empresas presentaron por el Registro Electrónico Común su escrito de disconformidad frente a la comunicación previa de la Inspección. Ya hay respuesta de varias Direcciones Provinciales. No todas dicen lo mismo, y lo que dicen —y lo que callan— condiciona lo que conviene hacer en las próximas semanas, con el 15 de septiembre como fecha de ingreso en el horizonte.
Ver el taller en directo por YouTube →
Por qué hay una segunda parte
Cuando preparamos el taller del 3 de agosto no había todavía ninguna contestación: la masiva acababa de salir y los escritos estaban recién presentados. Hablábamos, necesariamente, de estrategia sobre el papel. Ahora hay material real —escritos presentados, respuestas recibidas y silencios que también significan algo— y eso permite bajar el análisis al terreno.
En claro: este miércoles no repetimos la teoría del 3 de agosto. Partimos de ella y vamos a lo que ha pasado después: qué ha respondido la Inspección y qué hacer con cada tipo de respuesta.
Las primeras respuestas de las Direcciones Provinciales
Las contestaciones que estamos viendo se agrupan en unos pocos patrones, y a cada uno le corresponde una reacción distinta. Hay algo que conviene tener claro de antemano: ninguna de esas respuestas cierra nada, porque el procedimiento todavía no ha empezado. La propia comunicación previa lo dice de sí misma —no supone el inicio de expediente liquidatorio ni sancionador—, y el trámite en el que de verdad se discute el fondo es el de alegaciones frente al acta de liquidación.
Tampoco conviene leer el silencio como una victoria. Que una Dirección Provincial no conteste no significa que haya archivado: significa, sencillamente, que no ha contestado. En el directo repasamos qué margen temporal hay realmente y qué conviene tener preparado para cuando llegue el acta.
El recargo del 20 %, otra vez encima de la mesa
Es la pregunta que más se repite en las consultas de estas semanas: si la empresa quiere pagar, ¿tiene que pagar también el 20 %? El punto de partida sigue siendo el mismo precepto.
Artículo 30.1.b).1.º del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social
«Recargo del 20 por ciento de la deuda, si se abonasen las cuotas debidas antes de la terminación del plazo de ingreso establecido en la reclamación de deuda o acta de liquidación.»
Mientras no hay reclamación de deuda ni acta de liquidación, el presupuesto del recargo todavía no se ha producido. A eso se suma un argumento que hemos incorporado después del primer taller: el artículo 18.4 del RD 694/2017, en la redacción que le dio el RD 1189/2025, contempla la devolución voluntaria de la bonificación y la asocia al interés de demora, no al recargo. Es un terreno con matices —y con riesgos— que conviene entender antes de mover dinero.
Y las no conformidades de FUNDAE, que van por otro carril
Conviene no mezclar los dos frentes. Quien está contestando ahora es la Inspección de Trabajo, y lo hace sobre las cartas del ejercicio 2023. Las no conformidades de 2024 son otra cosa: las notifica y las tramita FUNDAE, con el procedimiento del RD 1189/2025, y de las alegaciones presentadas desde julio todavía no hay resolución.
La segunda mitad de la sesión va precisamente ahí: las codificaciones que se están repitiendo expediente tras expediente, cómo las estamos alegando y cuáles se resuelven con una simple subsanación documental. Es la parte que el 3 de agosto se quedó a medias.
El guion del miércoles
- Qué ha contestado la Inspección a los escritos de disconformidad: los patrones de respuesta que estamos viendo y qué reacción pide cada uno.
- Qué significa el silencio de una Dirección Provincial y hasta cuándo puede prolongarse.
- El recargo del 20 %: por qué no se ha devengado todavía y qué papel juega la devolución voluntaria con interés de demora del artículo 18.4 del RD 694/2017.
- Pagar, no pagar o pagar solo el principal: consecuencias reales de cada camino, incluido el riesgo de acta de infracción.
- Cómo llegar preparado al acta de liquidación: qué documentación conviene tener ordenada desde ahora.
- Nuevas no conformidades de FUNDAE del ejercicio 2024: codificaciones que se repiten y cómo se están alegando.
- Turno abierto de preguntas con los casos que traigan los asistentes.
Importante: miércoles 12 de agosto de 2026, a las 11:00 h, en directo por YouTube. Trae tus casos: después del guion hay turno abierto de preguntas.
Cómo seguirlo en directo
El taller se emite en abierto por el canal de YouTube. No hace falta inscripción: basta con abrir el enlace el miércoles a las 11:00. Si quieres, puedes activar el recordatorio de YouTube desde la propia página del directo para que te avise cuando empiece.
Acceder al directo del 12 de agosto →
Si quieres llegar con el terreno preparado, empieza por la primera parte del taller, la del 3 de agosto, y sigue por el análisis de la nueva masiva de cartas de la Inspección con los modelos de contestación, la respuesta a la consulta más repetida —se puede fraccionar el pago, pero todavía no— y el análisis de si cabe pagar sin el recargo del 20 %.
Agosto no es un mes tranquilo para quien gestiona formación bonificada: es el mes en el que corren los plazos. Nos vemos el miércoles.
Este contenido tiene carácter informativo general y no sustituye al asesoramiento jurídico sobre un expediente concreto.