Permisos Individuales de Formación (PIF): guía 2026 para empresas y gestores
Guía práctica del Permiso Individual de Formación (PIF): qué formaciones dan derecho, qué costes salariales se bonifican, las 200 horas y el crédito adicional propio.
El Permiso Individual de Formación (PIF) es una de las herramientas menos usadas —y peor entendidas— de la formación bonificada, y a la vez una de las más rentables: permite que un trabajador se ausente de su puesto, en jornada laboral y cobrando su salario, para sacarse una titulación oficial, y que la empresa recupere ese coste salarial mediante bonificación. Lo mejor es que el PIF cuenta con un crédito adicional propio, distinto del crédito anual de formación, de modo que, bien planteado, no «se come» el presupuesto que la empresa dedica a sus cursos.
Esta guía explica, para gestores y empresas, qué es exactamente un PIF, qué formaciones dan derecho a él, qué se bonifica (y qué no), cómo funciona ese crédito adicional y cómo se tramita paso a paso, con un ejemplo de cálculo real. Es un complemento natural de nuestra guía de formación bonificada FUNDAE.
Qué es un Permiso Individual de Formación
El PIF está regulado en el artículo 29 del Real Decreto 694/2017, que desarrolla la Ley 30/2015 del sistema de formación profesional para el empleo. Su definición legal es la clave para no equivocarse:
Definición legal (art. 29.1 del RD 694/2017)
«El permiso que la empresa autoriza a un trabajador para la realización de una acción formativa reconocida mediante una titulación o acreditación oficial —incluidos los títulos de formación profesional, los certificados de profesionalidad y los títulos universitarios propios— con el fin de favorecer su desarrollo profesional y personal, siempre que no constituya una formación obligatoria para el empresario».
De esa definición salen las tres claves del PIF: la formación debe conducir a un título o acreditación oficial, debe buscar el desarrollo del trabajador (no cubrir una obligación de la empresa) y la empresa autoriza el permiso, pero no organiza el curso. Quien elige y se matricula en la formación es el trabajador.
Qué formaciones dan derecho a un PIF
Dan derecho al permiso las formaciones que terminan en una acreditación oficial reconocida:
- Títulos de formación profesional (grado medio y superior) y otros títulos oficiales de las Administraciones públicas.
- Certificados de profesionalidad del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
- Títulos universitarios oficiales y títulos propios de las universidades (aprobados por su Junta de Gobierno o Consejo Social).
- Procesos de evaluación y acreditación de la experiencia laboral dirigidos a obtener una acreditación oficial.
La formación debe exigir la presencia del trabajador: vale la presencial y también la parte presencial obligatoria (prácticas, tutorías o exámenes) de la formación a distancia. No dan derecho a PIF:
- La formación que no conduce a título o acreditación oficial (cursos internos, seminarios, formación de producto).
- La formación obligatoria para la empresa (prevención de riesgos laborales, renovación del CAP, seguridad privada, etc.).
- La parte a distancia que no exige asistencia del trabajador, porque en esas horas no deja de trabajar.
Qué se bonifica exactamente (y qué no)
Aquí está el malentendido más frecuente: el PIF no bonifica la matrícula ni el coste del curso. Lo que se bonifica son los costes salariales de las horas de permiso que coinciden con la jornada laboral, es decir, lo que la empresa paga al trabajador por unas horas en las que no trabaja porque está formándose.
El error más caro
El PIF no reembolsa la matrícula ni el precio del curso: solo se bonifican los costes salariales de las horas de permiso disfrutadas en jornada laboral. Intentar bonificar el importe del curso es motivo de devolución en una comprobación.
Ese coste salarial incluye:
- Salario base, antigüedad y complementos fijos.
- La parte proporcional de las pagas extraordinarias.
- Las cotizaciones a la Seguridad Social devengadas durante el permiso.
La matrícula, el material o los desplazamientos fuera de jornada los asume el trabajador (o la empresa, si así lo pactan), pero no son bonificables. Sí computa el tiempo de desplazamiento cuando cae dentro de la jornada laboral.
El límite de 200 horas
La financiación de cada permiso está limitada a un máximo de 200 horas laborales por permiso y curso académico o año natural, según la duración de la formación. Solo cuentan las horas laborales efectivamente no trabajadas por asistir a la formación: si buena parte del curso se imparte fuera de la jornada (tardes o fines de semana), esas horas no generan permiso ni bonificación, porque el trabajador no se ausenta de su puesto para asistir.
El crédito adicional: la gran ventaja del PIF
Esta es la parte que casi nadie aprovecha. Los costes salariales de los PIF se financian primero con cargo al crédito de formación anual de la empresa. Pero cuando esos costes superan el 5 % del crédito anual, la empresa dispone de un crédito adicional específico para PIF (artículo 29 del RD 694/2017), hasta el límite presupuestario que se fija cada año. Ese crédito adicional se expresa en horas y depende del tamaño de la plantilla:
| Plantilla media de la empresa | Crédito adicional para PIF |
|---|---|
| De 1 a 9 trabajadores | Hasta 200 horas |
| De 10 a 49 trabajadores | Hasta 400 horas |
| De 50 a 249 trabajadores | Hasta 600 horas |
| De 250 a 499 trabajadores | Hasta 800 horas |
| 500 o más trabajadores | 200 horas adicionales por cada 500 trabajadores |
En la práctica, esto significa que los PIF no tienen por qué consumir el presupuesto que la empresa reserva para sus cursos: superado ese 5 %, entra en juego un crédito aparte. Por eso el PIF resulta especialmente interesante en empresas que ya apuran su crédito anual de formación.
Requisitos y quién puede solicitarlo
- El solicitante debe ser trabajador asalariado en alta y cotizar por formación profesional, en una empresa o entidad no incluida en los acuerdos de formación de las Administraciones públicas.
- La formación debe conducir a título o acreditación oficial y no ser obligatoria para la empresa.
- La empresa debe autorizar el permiso: no es un derecho de disfrute automático del trabajador, sino un acuerdo entre ambas partes.
Cómo se tramita, paso a paso
El procedimiento (Orden TAS/2307/2007) encadena cuatro pasos y, como en toda la formación bonificada, saltarse uno suele significar perder la financiación:
- Informar a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT), cuando exista, antes de iniciar el permiso.
- Solicitud y autorización: el trabajador presenta la solicitud y la empresa la autoriza con el modelo aceptado por ambas partes, en el que constan la jornada y el horario del permiso. Este documento es imprescindible para la financiación.
- Comunicación de inicio a la FUNDAE por vía telemática, antes de que empiece el permiso.
- Ejecución y comunicación de finalización: terminada la formación, se comunica su fin y se aplica la bonificación en el boletín de cotización (seguros sociales) del mes correspondiente, dentro del ejercicio.
Conviene tener a mano el calendario de plazos FUNDAE: las comunicaciones de inicio y fin tienen sus ventanas y no se pueden reabrir después.
Ejemplo práctico de cálculo
Una trabajadora cursa un Grado Superior de FP oficial que le exige asistir a 150 horas en jornada laboral a lo largo del curso. Su coste salarial por hora, incluida la cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa, es de 18 €:
- Horas de permiso bonificables: 150 (por debajo del tope de 200).
- Coste salarial bonificable: 150 × 18 € = 2.700 €.
La empresa recupera esos 2.700 € mediante bonificación. La matrícula del ciclo la paga la trabajadora y no entra en el cálculo. Si el coste de los PIF de la empresa supera el 5 % de su crédito anual, esos 2.700 € pueden ir con cargo al crédito adicional, sin restar al presupuesto de sus cursos.
Errores que cuestan la bonificación
- Confundir el PIF con un curso bonificado normal e intentar bonificar la matrícula en lugar del coste salarial.
- Elegir una formación sin título oficial o que es obligatoria para la empresa.
- No informar a la RLT antes del inicio.
- Comunicar el inicio o el fin fuera de plazo: la financiación se pierde aunque el permiso se haya disfrutado.
- No conservar el modelo de solicitud firmado con jornada y horario, ni el certificado de asistencia del centro de formación.
Cómo te lo pone fácil Autoforma
El PIF es rentable, pero exige encajar bien la formación elegida, el cálculo del coste salarial y los plazos de comunicación. Autoforma es la asociación de gestores de formación bonificada y pone a tu disposición el ecosistema para hacerlo con seguridad: Gesdoc para la gestión documental y de expedientes, una Calculadora PIF que estima el coste por hora y el coste salarial bonificable de cada permiso, comunidad y consultoría especializada, y el Curso de Gestor de Formación Bonificada. Si gestionas formación bonificada —o quieres ofrecerla a tus clientes como gestoría o asesoría—, hazte asociado o solicita una llamada y revisamos tu caso.
Preguntas frecuentes
¿El PIF consume el crédito de formación de la empresa?
Se financia primero con el crédito anual, pero cuando su coste supera el 5 % de ese crédito la empresa accede a un crédito adicional específico para PIF. Puedes consultar tu crédito disponible en esta guía.
¿Cualquier curso vale para un PIF?
No. Debe dirigirse a una titulación o acreditación oficial (FP, certificado de profesionalidad o título universitario) y no ser una formación obligatoria para la empresa.
¿Se bonifica la matrícula del curso?
No. El PIF solo bonifica los costes salariales de las horas de permiso en jornada laboral. La matrícula la asume el trabajador.
¿Cuántas horas cubre?
Hasta 200 horas laborales por permiso y curso académico o año natural, contando solo las horas que el trabajador deja de trabajar para asistir.
¿Es obligatorio concederlo?
No. El PIF requiere la autorización de la empresa: es un acuerdo entre empresa y trabajador, no un derecho de disfrute automático. Consúltanos tu caso.