Participación en formaciones bonificadas durante periodos de baja médica y maternal: Directrices de Fundae
Introducción Proponemos este artículo a raíz del último taller de asociados donde abordamos esta cuestión y solicitamos a l@s compañer@s que compartieran la información que pudieran tener al respecto. En el marco de las políticas de formación continua y bonificada para trabajadores, surgen interrogantes acerca de la participación de empleados en periodos de baja, ya […]
Introducción
Proponemos este artículo a raíz del último taller de asociados donde abordamos esta cuestión y solicitamos a l@s compañer@s que compartieran la información que pudieran tener al respecto.
En el marco de las políticas de formación continua y bonificada para trabajadores, surgen interrogantes acerca de la participación de empleados en periodos de baja, ya sea por enfermedad común o maternidad. La Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae) ha emitido respuestas clarificadoras al respecto, las cuales se analizan a continuación para ofrecer una guía práctica a las empresas y trabajadores interesados.
1. Baja por Enfermedad Común y Formación Bonificada
Según Fundae, un trabajador en baja por enfermedad común puede participar en acciones formativas. Sin embargo, es imprescindible analizar cada caso de manera individual. Se aconseja que el trabajador obtenga un Informe Médico que certifique que su condición de baja no impide ni perjudica su participación en la formación, ni afecta negativamente su proceso de curación y recuperación. Si estas condiciones se cumplen, la empresa puede proceder a la bonificación por la formación del trabajador en cuestión.
Respuesta de Fundae:
En relación a su consulta le comunicamos que un trabajador de una empresa que está de baja por enfermedad común puede participar en una acción formativa.
En cualquier caso, lo que procede es analizar cada supuesto concreto, pues, en principio, no parece que exista obstáculo en realizar la formación.
Se recomienda que esta trabajadora, en situación de baja por enfermedad común, solicite un Informe Médico en el que se declare que la situación de baja por enfermedad no comporta ninguna incompatibilidad para hacer formación, ni perjudiquen su curación y su recuperación y éste se aporte a la empresa.
Por tanto, en el supuesto que la formación se adecue a las observaciones anteriormente indicadas, la empresa podría bonificarse por esta trabajadora.
Fundación Estatal para la Formación en el Empleo
Servicio al Cliente y Orientación
2. Baja por Maternidad y Participación en Formación
En el caso de trabajadoras en baja por maternidad, Fundae indica que pueden asistir a cursos formativos, siempre y cuando se haya recuperado adecuadamente. Aquí también es recomendable la obtención de un Informe Médico que avale el buen estado de salud de la madre y el hijo. Sin embargo, es crucial considerar la incompatibilidad de cursos que demanden una amplia dedicación horaria, interfiriendo con el propósito principal de la baja, que es el cuidado del hijo.
Respuesta de Fundae:
En relación a su consulta le comunicamos que:
Fundación Estatal para la Formación en el Empleo
Si una trabajadora de una empresa, que está en período de baja por maternidad, puede participar en acciones formativas organizadas por la empresa durante ese período, lo que procede, en cualquier caso, es analizar cada supuesto concreto, pues, en principio, no parece que exista obstáculo en conciliar esta situación de baja por maternidad una vez que la mujer está ya recuperada, con la asistencia a algún curso de formación. Se recomienda que esta trabajadora, en situación de baja maternal, solicite un Informe Médico en el que se declare que tanto la madre y el hijo se encuentran en buen estado de salud, y se aporte a la empresa.
No obstante, lo que no sería compatible con la finalidad atribuida a esta situación (cuidado de hijos) es la asistencia a cursos de formación que se prolongan durante amplios períodos dentro de la duración de la baja y que al mismo tiempo afecten a gran parte de la jornada diaria.
Por tanto, en el supuesto que la formación se adecue a las observaciones anteriormente indicadas, la empresa podría bonificarse por esta trabajador/a. Asimismo, le comunicamos que los trabajadores que están disfrutando de su derecho de excedencia por cuidado de hijo o familiar, tienen derecho a acudir a los cursos de formación durante su primer año de excedencia siempre que se hallen en situación asimilada al alta a efectos de prestaciones a la Seguridad Social
Servicio al Cliente y Orientación
Conclusión
La participación en formaciones bonificadas durante periodos de baja médica o maternal es factible bajo ciertas condiciones. Es fundamental que las empresas y trabajadores evalúen cada situación de manera individual, asegurándose de cumplir con los requerimientos médicos y legales para garantizar el bienestar del trabajador