Modelo de contrato entre gestora de formación y empresa bonificada (versión 2026)

Descarga el modelo editable en Word del contrato de prestación de servicios entre la gestora de formación y la empresa bonificada, en el perfil de empresa bonificada de FUNDAE. Versión 2026 revisada por el Departamento Jurídico de Autoforma y actualizada al RD 1189/2025.

El Departamento Jurídico de Autoforma pone a disposición de los asociados la versión 2026 del contrato mercantil de prestación de servicios para la gestión de la formación programada, el documento que regula la relación entre la gestora de formación y su empresa cliente cuando la gestora opera en el perfil de empresa bonificada del aplicativo de FUNDAE.

Se trata de una plantilla lista para rellenar (datos de las partes, ciudad, IBAN y correos de notificación) y revisada a fondo por el Departamento Jurídico, actualizada al Real Decreto 1189/2025, de 26 de diciembre, que desde el 1 de enero de 2026 refuerza las obligaciones de justificación contable y el control de las bonificaciones.

Para qué sirve este contrato

Cuando una empresa externaliza en una gestora la administración de su formación bonificada, la gestora accede al aplicativo de FUNDAE con autorización del representante legal de la empresa y tramita en su nombre las acciones formativas y los permisos individuales de formación (PIF). Este contrato deja por escrito quién hace qué y, sobre todo, quién responde de qué: la obligación de la gestora es una obligación de medios (diligencia técnica y administrativa), mientras que la veracidad de los datos, la impartición efectiva de la formación y la aplicación material de la bonificación son responsabilidad de la empresa cliente.

Qué regula, en síntesis

Novedades de la revisión 2026

Además de la actualización normativa al RD 1189/2025, esta versión corrige y blinda varios puntos relevantes respecto de los modelos anteriores:

Cómo utilizarlo

Descarga el documento Word, completa los campos entre corchetes (identificación de las partes, ciudad, fecha, IBAN y correos de notificación) y marca la opción que corresponda en la cláusula 4.16 según la empresa disponga o no de representación legal de los trabajadores en la fecha de la firma. Ante cualquier duda sobre una cláusula concreta o la conveniencia de adaptarla a un cliente determinado, el Departamento Jurídico de Autoforma está a disposición de los asociados.