Gestión externa en FUNDAE: se entra con el certificado digital de persona física propio, nunca con el de la empresa cliente

Cuando una empresa autoriza a un gestor externo a comunicar su formación bonificada, este entra en el aplicativo de FUNDAE con su propio certificado de persona física, a nombre de quien hace los trámites. Así lo expuso el equipo de Autoforma en el taller de asociados del 16 de octubre de 2026. Las preguntas frecuentes de FUNDAE y la FNMT recuerdan que los certificados son personales e intransferibles, así que no cabe usar el de la empresa cliente ni el de su representante.

Una empresa autoriza a un gestor externo a comunicar su formación bonificada y aparece la duda: ¿con qué certificado digital se entra en el aplicativo de FUNDAE? Para el equipo de Autoforma, con un certificado de persona física a nombre de quien hace los trámites: el certificado que se usa es siempre el propio. Se pueden tener varios, pero todos a nombre de quien los utiliza.

Este punto se trató en el taller de asociados del 16 de octubre de 2026, a partir del minuto 27:24; el audio recoge ese tramo (0:58).

Fue el segundo de los puntos técnicos de la sesión, después del dedicado a la huelga general del 11 de noviembre. El resto de lo tratado ese día se recoge en la crónica de la actualidad del taller.

En el perfil bonificada accede la persona física que hace los trámites

José Antonio Márquez, secretario general de Autoforma, planteó la pregunta en estos términos: si una empresa autoriza a un gestor para comunicar desde el perfil bonificada, ¿con qué certificado digital accede? Patricia Fernández, del equipo de soporte de Autoforma, respondió que en ese perfil «tenemos que acceder con un certificado digital de persona física», el de la persona que va a realizar los trámites administrativos. Y lo resumió así: «la persona que va a acceder al aplicativo es una persona física».

Es el criterio que Autoforma expuso en el taller; no procede de una respuesta escrita de FUNDAE a una consulta. Como contexto del diario, no dicho en el taller: las preguntas frecuentes de la web de FUNDAE abordan un caso cercano, el de varios usuarios que trabajan con un mismo certificado, y lo descartan con esta frase: «Los certificados son personales e intransferibles, por lo que sólo el titular del mismo deberá tener acceso a él». Cada usuario entra con su propio certificado, previa autorización del representante legal de la empresa.

El gestor se identifica como externo ante el aplicativo

Fernández añadió que, al acceder, el gestor indica que actúa como externo a la empresa. En el taller se mencionaron otros datos que se consignan en ese acceso; el diario no ha podido contrastarlos con la documentación de FUNDAE y no los recoge.

Como contexto del diario, no dicho en el taller: las mismas preguntas frecuentes definen al gestor administrativo como «aquella entidad que realiza exclusivamente las comunicaciones a través de la aplicación» y no lo consideran entidad organizadora. Precisan también que «la opción del perfil de gestor administrativo aparecerá sólo cuando la empresa acceda a la aplicación como entidad bonificada». Es decir, la empresa tiene que estar dada de alta como bonificada y es ella la que autoriza al gestor con ese perfil.

Un certificado personal e intransferible: puede haber varios, siempre a nombre propio

Márquez insistió en la idea con la que suele cerrar cualquier conversación sobre certificados: «El certificado digital que tenemos que utilizar es el nuestro. Podemos tener varios porque tú puedes ser representante de alguna empresa o alguna entidad, pero siempre a nuestro nombre».

Una misma persona puede tener su certificado de persona física y, además, el de representante de una sociedad que administra. Todos están emitidos a su nombre. La representación se ejerce siempre con un certificado a nombre propio (persona física o representante).

Como contexto del diario, no dicho en el taller: la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre recuerda en su sede electrónica que «los certificados emitidos por la FNMT-RCM son personales e intransferibles» y que «cualquier operación realizada con ellos es responsabilidad del titular y/o firmante del certificado». Sus condiciones de uso para el certificado de persona física obligan al titular a «actuar con diligencia respecto de la custodia y conservación de los datos de creación de firma», lo que incluye claves y contraseñas.

Por qué no se usa en FUNDAE el certificado digital de la empresa cliente

Como contexto del diario, no dicho en el taller: la razón práctica es la responsabilidad. Si el gestor entra con el certificado de la empresa cliente, todo lo que comunique figurará como hecho por el titular de ese certificado, que es su representante. La FNMT cita una nota de mayo de 2019 de la Secretaría de Estado para el Avance Digital: ceder la posesión del certificado o revelar sus claves «no es conforme con la legislación vigente», y cualquier delegación para que lo use otra persona queda bajo la responsabilidad de quien la hace.

Además, el sistema no lo necesita. Según las preguntas frecuentes de FUNDAE, el alta de la empresa en la aplicación exige «el certificado digital de Representante». Una vez dada de alta, la empresa autoriza a sus usuarios, internos o externos, y cada uno trabaja con su propio certificado.

El criterio operativo cabe en una línea: el gestor externo entra en el perfil bonificada con su certificado de persona física, se identifica como externo y actúa con la autorización que le da la empresa. Con lo que recuerdan FUNDAE y la FNMT, nunca con el certificado de esta ni con el de su representante. Para los detalles del acceso, la referencia son la guía y las preguntas frecuentes de la aplicación de FUNDAE, que conviene revisar antes de dar de alta a un cliente nuevo.

Este artículo recoge el criterio expuesto por el equipo de Autoforma en el taller del 16 de octubre de 2026 y no sustituye al asesoramiento jurídico sobre un expediente concreto.

Cronología del taller