Si un centro imparte y otra entidad factura, FUNDAE lo trata como subcontratación: factura quien forma
Cuando una universidad imparte la formación y su fundación la factura, o a la inversa, FUNDAE respondió a una asociada que es subcontratación y que debe facturar la entidad que forma, un criterio que el equipo de Autoforma comentó en el taller del 9 de octubre de 2026 junto con la inflexibilidad de las grandes entidades para facturar y contabilizar la bonificación, y con una idea clara: el gestor se adapta a la normativa, no al cliente.
Si un centro imparte la formación y otra entidad distinta la factura, FUNDAE lo considera subcontratación: la factura tiene que emitirla la entidad que forma. Así lo trasladó el equipo de Autoforma en el taller del 9 de octubre de 2026, a partir de la respuesta que FUNDAE dio a una asociada. El caso es habitual con universidades y sus fundaciones, y el criterio del taller fue que el gestor se adapta a la normativa, no al cliente.
La cuestión abrió el bloque de consultas técnicas del taller de asociados del viernes 9 de octubre de 2026, el mismo del que ya se publicó la crónica de la actualidad del taller. Se planteó como «el caso de los centros de formación que imparten formación pero facturan a través de otra entidad».
El tema se trató a partir del minuto 8:00 del taller del 9 de octubre; el audio recoge ese tramo (2:32).
Universidad que imparte y fundación que factura: un caso recurrente
José Antonio Márquez situó el problema en algo «muy recurrente de años anteriores», sobre todo cuando se trabaja con universidades. Patricia Fernández, del equipo de soporte de Autoforma, explicó que es frecuente que sea la universidad la que imparta y la fundación la que facture, «o a la inversa».
El caso lo compartió una asociada que había llevado la consulta directamente a FUNDAE. La respuesta que recibió fue clara: eso sería subcontratación, y la entidad formadora «es la que va a tener que facturar por la formación», sin que pueda hacerlo otra.
En claro: Según la respuesta de FUNDAE que se comentó en el taller, quien imparte la formación es quien la factura. Que una entidad imparta y otra vinculada emita la factura se trata como subcontratación.
Como contexto del diario: este supuesto es distinto del que ya analizamos sobre un tercero que gestiona la bonificación mientras el centro imparte. Allí la impartición sigue íntegramente en el centro; aquí lo que se separa es la impartición de la facturación de esa misma formación.
El precedente de la UOC
José Antonio Márquez, secretario general de Autoforma, recordó que el asunto ya había salido en algún taller anterior: varios socios trabajaban con la UOC, la Universidad Abierta de Cataluña, y la universidad decidió durante un periodo de tiempo dejar de bonificar. En la grabación la frase con la que explicaba el motivo queda cortada, de modo que el taller no detalla las razones de esa decisión.
Cuanto más grande es la entidad, más inflexible
Márquez contó que, hablando con una asociada el día anterior, le había resumido así su experiencia: «cuanto más grande es la entidad, más inflexible es». Lo concretó en dos frentes:
- La facturación: la manera de actuar de las grandes entidades a la hora de facturar.
- La contabilización de la bonificación: un caso que, según dijo, se da mucho, porque la bonificación «se tiene que contabilizar de una manera concreta».
Las pequeñas y medianas empresas, explicó, no suelen tener problemas porque son bastante flexibles. A las grandes, que utilizan programas internacionales, les cuesta más habilitar esa cuenta o epígrafe específico para la bonificación. «Hay que tener mucho cuidado con eso», advirtió.
Sobre cómo se hace esa contabilización, el diario ya explicó en qué consiste la cuenta separada para el gasto y la bonificación, una obligación que recoge el artículo 12.2.c) del Real Decreto 694/2017.
Importante: El tamaño del cliente no cambia las reglas. Si su forma de facturar o de contabilizar no encaja con lo que exige la normativa, la conclusión del taller fue que no podrá bonificar.
El gestor se adapta a la normativa, no a la universidad
El secretario general cerró el punto con el mensaje que, a su juicio, debe trasladar el gestor de formación al cliente: «mire usted, por muy grande que sea, la normativa deja muy claro cómo se tiene que facturar y cómo se tiene que contabilizar». Si eso no encaja en el protocolo de trabajo de la entidad, añadió, «no podréis bonificar».
Y lo dijo sin matices: «no podemos adaptarnos a la universidad», porque el gestor de formación a lo que se tiene que adaptar «es a la normativa». Su consejo final a los asociados fue no meterse en charcos, «porque al final termináis salpicados».
Qué conviene comprobar antes de aceptar la gestión de una formación con una gran entidad:
- Que la entidad que emite la factura sea la misma que imparte la formación, y no una fundación u otra entidad vinculada.
- Que el cliente pueda contabilizar la bonificación en una cuenta o epígrafe específico.
- Que, si su protocolo interno no permite ninguna de las dos cosas, se le explique que en esas condiciones no podrá bonificar.
El taller dejó un criterio sencillo: quien forma, factura. Lo que cuesta, sobre todo con universidades y grandes empresas, es que el cliente lo acepte. En esos casos, el papel del gestor es explicarle la norma, no buscarle un atajo que acabe salpicando a quien gestiona.
Este artículo recoge el criterio expuesto por el equipo de Autoforma en el taller del 9 de octubre de 2026 y no sustituye al asesoramiento jurídico sobre un expediente concreto.