Un trabajador de 16 años puede hacer formación bonificada si cotiza por formación profesional, con autorización del tutor legal
Un trabajador de 16 años puede participar en formación bonificada si está trabajando y cotiza por formación profesional. En el taller de asociados del 23 de octubre de 2026, Autoforma aconsejó, como prevención, conservar una autorización firmada por su tutor legal, aunque probablemente nadie la pida.
¿Puede un trabajador de 16 años participar en formación bonificada? En el taller de asociados de Autoforma del 23 de octubre de 2026 la respuesta fue que sí, siempre que esté trabajando y cotizando por formación profesional. Como prevención, Autoforma aconsejó que el tutor legal firme una autorización para que el menor reciba la formación, aunque probablemente nadie la pida.
Este punto se trató en el taller de asociados del 23 de octubre de 2026, a partir del minuto 35:24; el audio recoge ese tramo (1:21).
Fue el octavo de los diez puntos técnicos de la sesión. Lo planteó José Antonio Márquez, secretario general de Autoforma, que dirigió el taller, y lo respondió Encarni González, del equipo de Autoforma. Los asuntos de actualidad de esa misma sesión se recogen en la crónica de la actualidad del taller.
Si trabaja y cotiza por formación profesional, puede formarse
Encarni González fue directa: «al tener 16 años y estar trabajando y cotizando por formación profesional, sí puede hacer la formación bonificada».
Una autorización del tutor legal, por prevención
Añadió una cautela: el tutor legal debería firmar una autorización para poder impartirle la formación. «No olvidemos que es un menor de edad».
José Antonio Márquez lo situó en su contexto: es posible que los técnicos del SEPE ni siquiera entren en ello. Lo comparó con otro caso: cuando un trabajador está de baja y el motivo de la baja no le impide formarse, Autoforma siempre pide que al menos se solicite un informe médico, aunque luego casi nunca lo piden. Con el menor, dijo, «seguramente ni lo pidan, pero por tenerlo». Y recordó que un menor que quiere salir de España necesita la autorización de sus padres o tutores: «esta prevención la tenemos que tener siempre».
Lo que importa es la cotización, más que la edad
Cerró con la idea central: «la clave, a lo que nos importa, no es tanto la edad, que también, sino que cotice por formación profesional».
Como contexto del diario, no dicho en el taller: el artículo 5.1.a) del Real Decreto 694/2017 abre la formación programada por las empresas a los trabajadores asalariados que «coticen a la Seguridad Social en concepto de formación profesional», sin fijar una edad mínima propia. La edad la marca el contrato de trabajo: según el artículo 7.b) del Estatuto de los Trabajadores, pueden contratar «los menores de dieciocho y mayores de dieciséis años, que vivan de forma independiente, con consentimiento de sus padres o tutores, o con autorización de la persona o institución que les tenga a su cargo». El artículo 6.2 añade que los menores de 18 años no pueden hacer trabajos nocturnos ni ocupar puestos con limitaciones por prevención de riesgos laborales, algo a tener en cuenta al fijar el horario de la formación.
Comprobar la cotización y guardar la autorización
La pauta del taller: antes de inscribir a un trabajador de 16 o 17 años, verificar que cotiza por formación profesional y conservar una autorización firmada por sus padres o tutores, aunque nadie la vaya a pedir.
Este artículo recoge el criterio expuesto por el equipo de Autoforma en el taller del 23 de octubre de 2026 y no sustituye al asesoramiento jurídico sobre un expediente concreto.
Cronología del taller
- 35:24-35:45 · La consulta: con 16 años y cotizando por formación profesional, sí
- 35:45-35:55 · La autorización del tutor legal
- 35:55-36:35 · Por prevención: el ejemplo del informe médico en las bajas
- 36:35-36:44 · La clave es la cotización por formación profesional