Precios distintos a alumnos de un mismo grupo: no está prohibido si hay un criterio definido; el riesgo es ajustar el precio al crédito

Cobrar un precio distinto a cada alumno de un mismo grupo formativo no está prohibido si responde a un criterio de descuento claro y definido. En el taller de asociados del 23 de octubre de 2026, Autoforma situó el riesgo en ajustar el precio al crédito de cada empresa y recomendó tener por escrito el criterio de precios ante una inspección de costes.

¿Se puede cobrar un precio distinto a cada alumno de un mismo grupo formativo bonificado? En el taller de asociados de Autoforma del 23 de octubre de 2026 la respuesta fue que no está prohibido, siempre que detrás haya un criterio de descuento claro y definido. Lo que la Administración nunca ha visto con buenos ojos, según la experiencia que se compartió en la sesión, es ajustar el precio al crédito que tiene cada empresa.

Este punto se trató en el taller de asociados del 23 de octubre de 2026, a partir del minuto 14:48; el audio recoge lo esencial de ese tramo (2:37).

Fue el primero de los diez puntos técnicos de la sesión. Lo planteó Patricia Fernández, del equipo de soporte de Autoforma, y lo comentó José Antonio Márquez, secretario general de Autoforma, que dirigió el taller, con aportaciones de los asistentes por el chat. Los asuntos de actualidad de esa misma sesión se recogen en la crónica de la actualidad del taller.

Una consulta recurrente: descuentos por pronto pago o por inscribir a varios alumnos

Patricia Fernández explicó que es una pregunta «bastante recurrente», sobre todo con escuelas de negocio y másteres que hacen un descuento por pronto pago o tienen otra oferta si la empresa inscribe a más de un alumno. Trasladó también la experiencia del área jurídica: «en algunas ocasiones se nos ha dicho que si tú estás cobrando un precio de mercado», ese precio «tampoco debería diferir mucho entre alumnos», y que quizá lo más sensato sea que en un mismo grupo formativo todos paguen lo mismo.

Si el descuento responde a un criterio definido, «no habría problema»

José Antonio Márquez añadió un matiz: si hay «un criterio de descuento, de trato especial para determinado alumno por un motivo que está claramente definido», cree que no habría problema. Puso un ejemplo: hay empresas que delegan siempre su plan de formación en un mismo centro, y ese centro puede querer tratarlas de forma especial frente a quien llega de forma puntual.

El quid de la cuestión: especular con el crédito de la empresa

El límite lo situó en lo que se ha visto históricamente en las inspecciones de costes. Lo que no se ve bien desde la Administración, dijo, es que «se especula con el precio en función del crédito que tenga una empresa». Y lo ilustró así: «yo a esta empresa no le puedo cobrar 350 euros porque tiene 210 de crédito y le voy a cobrar 210». Ese tipo de especulación, concluyó, «no ha estado muy bien vista nunca por parte de la Administración».

Patricia Fernández lo ilustró con otro ejemplo: cobrar 420 euros a un alumno, 585 a otro y 2.000 a un tercero «porque tiene más crédito» sería, en sus palabras, «un poco raro».

Ante una inspección de costes, un informe del criterio de precios

Una asistente preguntó por el chat si, entonces, se podía cobrar distinto y no estaba prohibido. La respuesta fue que sí, insistiendo en la condición: que haya un criterio que no sea «puramente especulativo» y que esté definido. José Antonio Márquez explicó qué haría él si en una inspección de costes le preguntaran por qué hay precios distintos: aportaría, junto con la documentación de la inspección, «un informe del criterio a la hora de aplicar los precios» dentro de la organización, «un criterio dentro del sentido común y la lógica y no especulativo».

Otra asistente contó que su entidad aplica descuentos a algunas empresas y a sus asociados, y que lo tiene reflejado en la publicidad que hace, para que quede justificado. En el taller se vio como una práctica correcta.

Como contexto del diario, no dicho en el taller: el Real Decreto 694/2017 no fija un precio único por grupo. Su artículo 16.2 dispone que «los costes de formación se determinarán para cada acción formativa o grupo formativo de alumnos». En el encuentro sobre costes que FUNDAE celebró en diciembre de 2015, la Fundación desligó el precio de la ayuda disponible: «Los precios de mercado no responden al importe de la ayuda, sino al coste real de la formación que se imparte». Ese documento es anterior al Real Decreto 1189/2025, por lo que conviene leerlo con esa cautela.

Descuentos sí, con criterio escrito y sin mirar el crédito

La pauta del taller es sencilla: un precio distinto dentro del mismo grupo es defendible si obedece a un criterio comercial objetivo (cliente habitual, pronto pago, varios alumnos, condición de asociado) que se pueda explicar y, mejor, acreditar por escrito o en la propia oferta publicada. Lo que pone el precio en riesgo es que cada empresa pague justo lo que le permite su crédito.

Este artículo recoge el criterio expuesto por el equipo de Autoforma en el taller del 23 de octubre de 2026 y no sustituye al asesoramiento jurídico sobre un expediente concreto.

Cronología del taller