Sentencia del Supremo: Límite de 80 alumnos en formación
Desgranamos la reciente sentencia del Tribunal Supremo que ratifica el límite estricto de 80 alumnos por tutor y los riesgos de superar esta ratio en teleformación.
La reciente Sentencia del Tribunal Supremo (STS 6307/2024) ha ratificado el límite estricto de 80 alumnos simultáneos por tutor en teleformación. En el taller de asociados de Autoforma se analizaron las implicaciones jurídicas de este fallo judicial y las medidas contractuales que deben adoptar los centros para evitar la devolución de bonificaciones.
El fallo del Tribunal Supremo desestima el recurso presentado por una gran entidad de formación y ratifica el criterio de la administración que limita a **80 alumnos la capacidad máxima de tutorización simultánea**. Esta resolución judicial zanja el debate sobre la interpretación flexible del ratio tutor/alumnos en formación programada (bonificada).
Definición de simultaneidad y tramos horarios
Una de las mayores quejas de los asociados es la falta de definición legal sobre qué constituye exactamente una tutorización simultánea. ¿Se calcula por curso completo, por mes o por tramo horario específico?
El Tribunal Supremo ratifica que el límite de 80 alumnos se aplica a toda la actividad activa del tutor dentro de cualquier periodo de tiempo coincidente en la plataforma.
Esto significa que si un tutor imparte tres cursos de 30 alumnos al mismo tiempo (solapados en fechas en el LMS), sumará 90 participantes y estará **infringiendo la normativa**, independientemente de que las materias sean distintas o los accesos de los alumnos ocurran en horas diferentes.
Medidas preventivas en la contratación de tutores
Como las entidades organizadoras no pueden controlar de manera externa si un tutor autónomo está prestando servicios para otros centros simultáneamente, el departamento jurídico de Autoforma aconseja incorporar cláusulas específicas en los contratos mercantiles:
- Declaración de no superación: El formador declara formalmente bajo su responsabilidad que no excede el límite de 80 alumnos simultáneos sumando todos los centros formativos para los que colabora.
- Indemnización por sanción: Se especifica que en caso de que una inspección de Fundae invalide el grupo por superación de ratio imputable al tutor, este deberá responder de las pérdidas económicas y devoluciones de bonificación correspondientes.
Estas medidas contractuales son indispensables para que los centros y empresas organizadoras se protejan legalmente frente a las auditorías del SEPE y de la Inspección de Trabajo.