El SEPE se va a pensar muy mucho no motivar las no conformidades

El SEPE pierde un contencioso -administrativo por no motivas las no conformidades de formación bonificada. Y, además, es condenado en costas

Y es que han tenido que pasar más de 20 años. En Autoforma hemos recorrido un largo camino para demostrar que las «no conformidades» del SEPE no se encontraban debidamente motivadas, amén de sus silencios administrativos reiterados. Y, ya tenemos sentencias. No ha sido fácil:

[…] Entrando en el fondo del asunto, el recurso ha de ser estimado. Se alega por la entidad recurrente la nulidad o subsidiariamente, anulabilidad o revocación de la liquidación practicada, por lesionar la misma derechos o libertades susceptibles de amparo constitucional[ …]

[…]Aplicando al presente asunto el precepto inmediatamente transcrito, hay que considerar que era improcedente la devolución de bonificaciones de cuotas a la reforma a la seguridad social […]

[…]Asimismo hay que tener en cuenta la insuficiente motivación de la comunicación realizada por el SEPE en fecha XXXX al no describirse de forma precisa y concreta las condiciones que tuvieron en cuenta para determinar la improcedencia de las bonificaciones de las cuotas a la Seguridad Social […]

[…] Fallo: Desestimar la excepción procesal de improcedencia de la impugnación de la resolución recurrida, alegada por la Abogacía del Estado, y entrando en el fondo del asunto, estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad XXXXX, contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto en fecha XXXX contra la comunicación del SEPE de fecha XXXXX, dictada en el procedimiento tramitado con el nº de expediente B22XXXXXX, sobre la devolución de bonificaciones de cuotas indebidamente aplicadas en las cotizaciones a la Seguridad Social en materia de formación profesional para el empleo del ejercicio 2022; resolución que anulamos por considerarla no ajustada a derecho, dejando sin efecto la devolución de bonificaciones acordada en la misma; con expresa imposición de las costas […]

Y es que esta sentencia es fundamental para el sector. ¿Cuántas no conformidades se han pagado aun cuando el SEPE no ha motivado lo suficiente? ¿Y Fundae qué dice de esto?

Entramos en otro escenario: el SEPE tiene que motivar suficientemente, porque, ya no es que dejen de tener razón en las no conformidades, ya están pagando costas.

De todo ello Javier Reyes nos actualizará en la jornada de apertura de curso.