#176 AAD (14-09-2021) REQUERIMIENTO DE CUESTIONARIOS DE EVALUACIÓN DE CALIDAD DE LAS ACCIONES FORMATIVAS PROGRAMADAS POR LAS EMPRESAS

Se están empezando a recibir requerimientos de cuestionarios de calidad de formaciones del año 2020, cuyo contenido es el siguiente: [restrict level=»2″] De conformidad con lo establecido en el artículo 21.2 de la Ley 30/2015 por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo, los órganos competentes serán responsables de realizar […]

Se están empezando a recibir requerimientos de cuestionarios de calidad de formaciones del año 2020, cuyo contenido es el siguiente:

De conformidad con lo establecido en el artículo 21.2 de la Ley 30/2015 por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo, los órganos competentes serán responsables de realizar una evaluación permanente que incluya, entre otros aspectos, la evaluación de la satisfacción de los usuarios en la que participarán los propios alumnos y las empresas.
Asimismo, en el artículo 12 del Real Decreto 694/2017, constituye obligación de las empresas beneficiarias el distribuir los cuestionarios de evaluación de la calidad entre la totalidad de los participantes que finalicen las acciones formativas, así como la recopilación y custodia de los cuestionarios recibidos.
Igualmente y teniendo en cuenta la Disposición transitoria primera de la Ley 30, en la que se indica que hasta que no se desarrollen reglamentariamente las iniciativas de formación profesional para el empleo, se mantendrán vigentes las previstas en el RD 395/2007; se hace necesario seguir las indicaciones reguladas en la ORDEN TAS/2307/2007, de 27 de julio, en donde la Fundación Estatal debe proceder a realizar actuaciones de evaluación de la formación en el ámbito de las empresas, procurando la participación de los alumnos en la evaluación de la calidad de las acciones formativas a través del «Cuestionario de evaluación de calidad» publicado y regulado mediante Resolución de 27 de abril de 2009.
Además establece que, las Administraciones públicas competentes podrán requerir de las empresas los correspondientes cuestionarios a fin de analizar la calidad de las acciones formativas desarrolladas en el ámbito de las empresas.
Por este motivo, la Fundae se pone en contacto con su entidad, para requerir los cuestionarios cumplimentados por los participantes que finalizaron acciones formativas programadas por su empresa durante el ejercicio 2020.
Los cuestionarios requeridos corresponden a una muestra de grupos formativos, seleccionados de forma aleatoria del conjunto de grupos finalizados en el año 2020. Los grupos formativos correspondientes a su entidad vienen relacionados en el anexo 1 adjunto.
La remisión de estos cuestionarios se realizará exclusivamente mediante vía telemática, a través de la plataforma para la formación programada por las empresas http://empresas.fundae.es/, seleccionando el ejercicio 2020 y accediendo con certificado digital.

El plazo de recepción de los cuestionarios finaliza el 11 de octubre de 2021.

Para cualquier información adicional puede consultar el Manual de ayuda así como las Instrucciones de envío que están disponibles en la web de la Fundae, en: Empresas / Documentos y Modelos / Evaluación donde se encuentran las orientaciones sobre cómo proceder para el envío de cuestionarios a través de la plataforma telemática.

En caso de que una vez consultadas las orientaciones facilitadas tuviera alguna duda adicional, puede ponerse en contacto con la Unidad de Evaluación, Estudios y Ordenación de la Formación de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, en el buzón de correo electrónico:
evaluacion@fundae.es

La aplicación permite grabar directamente el contenido de los cuestionarios a través del formulario on-line que se facilita en la propia aplicación telemática, de modo que sus datos volcarán directamente en las bases de datos de la Fundación Estatal. No obstante seguimos ofreciendo la posibilidad de enviar los cuestionarios en ficheros *.PDF.
Les informamos que estas dos opciones de envío son excluyentes, no permitiéndose la remisión por las dos vías. No obstante la aplicación permite cambiar la opción seleccionada si la elegida no permite el envío.

Hoy hablaremos de ello en Autoforma al día, a las 12.30: