Análisis de un acta de liquidación emitida por la ITSS sobre bonificaciones por formación (ejercicio 2021)

Análisis de un acta de liquidación de la ITSS por bonificaciones de formación 2021 y cómo el departamento jurídico de Autoforma gestiona las no conformidades.

Análisis de un acta de liquidación emitida por la ITSS sobre bonificaciones por formación (ejercicio 2021)

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) ha levantado recientemente un acta de liquidación frente a una empresa que aplicó bonificaciones por formación programada durante 2021. Sin revelar datos que permitan identificar a la entidad, a continuación se expone un resumen técnico-jurídico de las principales cuestiones que deben conocer los gestores de formación.


1. Origen del procedimiento

2. Incumplimientos constatados

  1. Ausencia de registro fiable de la tutorización del alumnado en modalidad teleformación (código SP017).
  2. Plataforma formativa sin los requisitos mínimos de accesibilidad, seguridad y administración (código SG018).
  3. Falta de guía didáctica o metodología adecuada (código SG022).
  4. No acreditación de la asistencia tutorial (código SG024).

Normativa vulnerada: artículos 16.1 b) y 14.1 de la Ley 30/2015 y artículo 4.2 del RD 694/2017.

3. Liquidación económica

4. Plazos y trámite de alegaciones

TrámitePlazoNormativa de referencia
Alegaciones ante la ITSS15 días hábiles desde la notificaciónArt. 34.2 TRLGSS
Vista del expediente10 díasArts. 53 y 70 Ley 39/2015
Resolución definitiva de TGSS6 mesesArt. 34.2 TRLGSS

Pago voluntario dentro del plazo de alegaciones convierte la liquidación en definitiva y evita costas adicionales.

5. Recomendaciones para los gestores de formación

  1. Verificación documental previa: asegúrate de que la plataforma de teleformación y los registros de tutorización cumplen los requisitos del RD 694/2017.
  2. Conservación de evidencias: guarda durante al menos cuatro años los informes de conexión, guías didácticas y comunicaciones con el alumnado.
  3. Revisión de guías metodológicas: la ITSS exige un itinerario claro con objetivos, contenidos, duración y sistema de evaluación.
  4. Atención a los plazos: si recibes un acta, prepara la estrategia de alegaciones dentro de los 15 días hábiles o valora el pago voluntario.
  5. Coordinación con FUNDAE y asesoramiento especializado: es aconsejable contrastar los criterios interpretativos antes de aplicar las bonificaciones.

Conclusión
El caso evidencia el nivel de control que SEPE, FUNDAE e ITSS ejercen sobre las bonificaciones por formación. Mantener una trazabilidad completa de todo el proceso formativo y ajustarse estrictamente a la normativa resulta imprescindible para evitar liquidaciones y recargos. Los gestores de formación deben integrar procedimientos de auditoría interna y actuar con diligencia ante cualquier requerimiento de la Inspección.

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