¿Se puede cerrar un contrato de adhesión por teléfono? ¿Grabando la llamada?

De ello habló José Antonio Márquez (@joseantmarq) en el programa Autoforma al día del pasado 27 de septiembre. La respuesta a bote pronto es no. Pero con matices. Se requieren de acciones adicionales para dar validez a esta fórmula de relación contractual. Tomamos como referencia la Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que […]

De ello habló José Antonio Márquez (@joseantmarq) en el programa Autoforma al día del pasado 27 de septiembre.

La respuesta a bote pronto es no. Pero con matices.

Se requieren de acciones adicionales para dar validez a esta fórmula de relación contractual.

Tomamos como referencia la Ley 3/2014, de 27 de marzo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.

Destacamos los siguientes puntos:

Dejamos a continuación el extracto con la colaboración adicional de Andrés Rodríguez de Gesforma:

 

aHR0cHM6Ly95b3V0dS5iZS9QcmdNdjNEOUhPMA==