Instrucciones de Impartición en la Modalidad Teleformación según los Criterios del SEPE

El seguimiento de la formación en modalidad teleformación por el SEPE garantiza la calidad y cumplimiento normativo de los cursos online. Mediante un riguroso control de plataformas, participantes y tutores, se asegura que la formación bonificada cumpla con los requisitos establecidos, optimizando la cualificación profesional y evitando irregularidades.

1. Introducción a la Modalidad de Teleformación

La formación en modalidad teleformación se define como aquella que se desarrolla utilizando tecnologías de la información y la comunicación (TIC) a través de una plataforma de formación que permite la interacción entre los participantes, los tutores y los recursos educativos. Esta modalidad se diferencia de la formación a distancia tradicional en su carácter interactivo y en la capacidad de la plataforma para registrar y evaluar la participación de los usuarios.

2. Concepto y Metodología de la Teleformación

2.1. Definición y Características

La teleformación es un proceso de aprendizaje organizado previamente desde un centro gestor de formación que utiliza una plataforma específica para impartir los contenidos. Los trabajadores participantes acceden a la plataforma para realizar autoestudios siguiendo una metodología planificada, lo que les permitirá adquirir una cualificación profesional y mejorar sus competencias.

La plataforma debe proporcionar:

2.2. Guía Didáctica

Es esencial que cada curso disponga de una guía didáctica que oriente el autoaprendizaje de los participantes. Esta guía debe incluir, como mínimo:

2.3. Funciones del Tutor

El tutor en la modalidad de teleformación tiene un papel fundamental en la supervisión y apoyo de los participantes. Sus responsabilidades incluyen:

3. Procedimiento de Comunicación de Inicio de la Formación

Al comunicar el inicio de un curso en la modalidad de teleformación, se debe cumplir con los siguientes requisitos en la aplicación de gestión:

4. Procedimiento de Seguimiento y Comprobación de la Teleformación

El SEPE establece un protocolo específico para el seguimiento de los cursos en modalidad teleformación. Este seguimiento puede realizarse de manera virtual o física, y se centra en tres categorías de indicadores: los relacionados con la plataforma, el grupo y los participantes, y el tutor.

4.1. Indicadores de la Plataforma

Durante el seguimiento, se evaluarán los siguientes aspectos de la plataforma:

4.2. Indicadores del Grupo y Participantes

Una vez evaluada la plataforma, se procederá a revisar los indicadores relativos al grupo y a cada participante:

Es crucial que estos parámetros se evalúen de forma integrada y no de manera aislada.

4.3. Indicadores del Tutor

El tutor debe cumplir con los siguientes indicadores:

5. Consideraciones Especiales

5.1. Definición y Uso de la Dirección IP

La dirección IP es un identificador único de un dispositivo en la red. En el seguimiento de la teleformación, si se detecta que varios participantes tienen la misma dirección IP, podría ser un indicio de fraude. En tal caso, se debe profundizar en la investigación y, si es necesario, realizar entrevistas directas con los participantes.

5.2. Formación de Corta Duración

Para cursos de entre 2 y 10 horas, conocidos como «píldoras formativas», se aplicarán los indicadores habituales con las siguientes consideraciones:

6. Selección de Grupos y Preparación del Dossier

La selección de grupos para el seguimiento se hará preferentemente entre aquellos cuyo centro gestor esté ubicado en la provincia de la Dirección Provincial correspondiente. Durante el proceso de revisión, se completará un dossier que incluirá:

7. Visita al Centro

Las visitas físicas al centro gestor serán excepcionales y solo se realizarán si no es posible obtener la información desde el puesto de trabajo del responsable de la actuación de control. En estos casos, se permitirá al beneficiario realizar una demostración de la plataforma en las instalaciones de la empresa o en la Dirección Provincial del SEPE.

8. Procedimiento de Seguimiento Especial

Dada la alta incidencia de irregularidades en la teleformación, el SEPE ha implementado un plan de seguimiento especial coordinado por la Unidad de Coordinación de Seguimiento y Control. Este plan se enfoca en:

9. Cofinanciación Privada

Las empresas de más de seis trabajadores están obligadas a cofinanciar la formación. Las horas de trabajo durante las cuales los empleados participan en la formación pueden contabilizarse como cofinanciación privada. Es crucial que esta circunstancia se comunique correctamente y que se cumplan con los requisitos legales para su aplicación.

10. Controles de Aprendizaje

Los controles de aprendizaje son esenciales para acreditar la realización de la formación. Estos controles deben estar alineados con la duración y complejidad del curso. Para cursos de corta duración (menos de 20 horas), se permitirá un solo control, pero se exigirá más de uno para cursos de mayor duración.

11. Incidentación de Oficio

El SEPE puede incidentar de oficio aquellos grupos que compartan características irregulares con otros previamente controlados. Antes de incidentar, se debe contactar con el centro gestor para solicitar aclaraciones sobre cualquier irregularidad detectada.

12. Conclusión

El seguimiento de la modalidad teleformación es un proceso riguroso diseñado para garantizar la calidad y veracidad de la formación impartida. Estas instrucciones están basadas en los criterios del SEPE y deben ser seguidas al pie de la letra para asegurar el cumplimiento normativo y la correcta ejecución de los programas formativos. El cumplimiento de estos criterios no solo asegura la efectividad del aprendizaje, sino que también protege a las empresas y a los participantes de posibles sanciones y pérdidas de bonificaciones.