Esto es lo que exigen los técnicos del SEPE en la teleformación
Plataforma virtual, tutor por cada 80 alumnos, guía didáctica, tiempos de conexión, evaluación real y seguimiento activo: los seis requisitos que comprueba el técnico del SEPE en una inspección de teleformación bonificada. Análisis con citas literales del RD 694/2017, la Instrucción SEPE 2016, la STS 6307/2024 y cuatro actas reales anonimizadas de la Inspección de Trabajo y la Dirección Especial.
Normativa y fuentes utilizadas
- Ley 30/2015, de 9 de septiembre, del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral (arts. 9, 12, 14 y 16).
- Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, que desarrolla la Ley 30/2015 (art. 4, modalidades y límites de impartición; art. 18, seguimiento y control).
- Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio (art. 5.4, responsabilidad de la empresa).
- Instrucción SEPE para el seguimiento y control de la formación programada (bonificaciones ejercicio 2016) y orientaciones y requisitos del SEPE para tutores de teleformación.
- STS 6307/2024 sobre el ratio de un tutor por cada 80 participantes en teleformación.
- Cuatro actas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de la Dirección Especial (ejercicios 2019 a 2026), anonimizadas.
Documento divulgativo de Expeforma para gestores de formación bonificada. No sustituye al asesoramiento jurídico individualizado ni a la lectura directa de la normativa y de cada expediente. Todos los datos personales y empresariales han sido anonimizados.